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El Superior Tribunal frenó un nombramiento del Consejo de la Magistratura

A través de la acordada 24/2026, la máxima instancia judicial de la provincia rechazó la designación de la doctora María Elena Guerrero en el Juzgado de Familia 1 de Ushuaia. La medida establece un precedente sin igual en la historia institucional fueguina.

USHUAIA.- La justicia de Tierra del Fuego atraviesa un escenario de tensión inédito tras la decisión del Superior Tribunal de Justicia de desestimar una propuesta de magistratura. Mediante la reciente acordada 24/2026, el máximo órgano judicial marcó una ruptura con la tradición de acompañar las decisiones del Consejo de la Magistratura. El caso puntual se centra en la postulación de la doctora María Elena Guerrero para ocupar la titularidad del Juzgado de Familia y Minoridad N.º 1 de la capital provincial, cargo que permanece vacante desde finales del año pasado.

Si bien el Tribunal prestó conformidad para el nombramiento en el Juzgado Correccional y Contravencional, decidió apartarse en lo que respecta a la situación de Guerrero. Los ministros consideraron que la selección realizada en noviembre de 2025 carecía de los fundamentos de razonabilidad necesarios al ser contrastada con otras aspirantes que presentaban antecedentes superiores. Esta determinación cobra relevancia no solo por la figura de la involucrada, quien se desempeña en el Superior Tribunal y es cónyuge del titular de la AREF, Oscar Bahamonde, sino por el giro doctrinario que representa.

La resolución introduce una interpretación que altera el equilibrio de fuerzas previsto en la Constitución provincial. Hasta el momento, el esquema de control cruzado funcionaba bajo una aceptación tácita donde el Consejo seleccionaba y el Tribunal simplemente designaba. No obstante, la nueva postura del máximo tribunal sostiene que su facultad de nombrar no es un trámite administrativo automático. La magistratura ahora se reserva la potestad de auditar la lógica de las propuestas y comparar los méritos de los postulantes antes de firmar el decreto correspondiente.

Este cambio de paradigma genera una preocupación por el posible traslado de esta lógica a otros estamentos del Estado. Existe la posibilidad de que el Poder Ejecutivo aplique un razonamiento similar al momento de recibir las propuestas del Consejo para integrar el propio Superior Tribunal. Esa eventualidad colocaría al sistema de justicia en una dinámica de revisiones constantes que podría comprometer la previsibilidad de los concursos y la seguridad jurídica de los procesos en marcha.

La particularidad de este nuevo escenario reside en que el Superior Tribunal ya forma parte del proceso de selección mediante su presidencia dentro del Consejo de la Magistratura. Esta situación da lugar a una “decisión en doble instancia” donde el organismo participa de la votación inicial y luego se arroga el derecho de vetar ese mismo resultado. Esta dualidad de funciones no cuenta con registros previos en la jurisprudencia local y redefine los límites de cada institución involucrada.

En oportunidades anteriores se habían suscitado debates similares por disparidades en los currículos de los candidatos, pero la Corte siempre había optado por convalidar lo actuado por los consejeros. La ruptura de esa práctica institucional de larga data quedó plasmada de forma taxativa en el texto de la acordada. La medida busca forzar la implementación de mecanismos de puntuación más técnicos y transparentes que limiten la discrecionalidad en las futuras ternas.

Finalmente, la acordada 24/2026 deja planteado un horizonte de incertidumbre sobre el modo en que se cubrirán las vacantes en el futuro. El nuevo criterio de razonabilidad impuesto por el Superior Tribunal abre una etapa de reconfiguración en los vínculos políticos y judiciales de la provincia. A partir de este fallo, las reglas del juego para acceder a la magistratura entran en un terreno de discusión técnica que promete tensionar la relación entre los poderes públicos.