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Miércoles 18 de marzo de 2026

Más beneficios para los judiciales

El Superior Tribunal de Justicia modificó el reglamento interno para garantizar el cobro de haberes durante todo el período de asistencia a parientes enfermos. La medida busca proteger la estabilidad económica de los agentes judiciales que deben afrontar situaciones de vulnerabilidad en su entorno íntimo.

RIO GRANDE.- Los integrantes de la máxima instancia judicial de la provincia resolvieron una transformación de fondo en el esquema de beneficios para el personal del sector. A través de la acordada 16/2026, se estableció que el límite máximo de días con goce de sueldo para la atención de familiares que requieran acompañamiento directo pase de 30 a 90 jornadas.

El documento lleva la firma de las juezas María del Carmen Battaini y Edith Miriam Cristiano, junto a los magistrados Carlos Gonzalo Sagastume, Javier Darío Muchnik y Ernesto Adrián Lóffler.

Anteriormente, el régimen de trabajo estipulaba que los empleados solo percibían su salario durante el primer mes de licencia, mientras que los dos meses subsiguientes quedaban sujetos a una prórroga sin goce de haberes. Con la nueva normativa, ese tramo adicional de 60 días también será remunerado, lo que representa una mejora sustancial en el bienestar de los trabajadores que asumen tareas de cuidado.

El beneficio se podrá utilizar de forma corrida o alternada durante el año. El procedimiento fija un reconocimiento inicial de 30 días pagos, con la opción de solicitar una extensión excepcional de hasta dos meses más bajo las mismas condiciones salariales.

De esta manera, el Poder Judicial unifica el criterio de asistencia económica para cubrir la totalidad del tiempo previsto en el estatuto.

Los fundamentos de la resolución se apoyan en el principio “pro homine”, orientando la interpretación de la norma hacia la defensa integral de la persona y la equidad social. Además, el tribunal decidió que la aplicación de esta reforma sea retroactiva, permitiendo que quienes ya se encontraban en esta situación puedan ampararse en el nuevo derecho de manera inmediata.

La acordada incorpora lineamientos internacionales, citando específicamente la Opinión Consultiva 31/2025 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Este organismo considera que el acto de cuidar es un elemento central para garantizar derechos básicos como la salud, la seguridad social y el sostenimiento del núcleo familiar.

Bajo esta perspectiva, la justicia provincial adhirió a la recomendación de generar mecanismos que permitan armonizar las obligaciones del empleo con las responsabilidades del hogar. El fallo resalta la importancia de eliminar cualquier obstáculo que pueda generar discriminación o dificultar la permanencia de los agentes en sus puestos de trabajo debido a sus cargas familiares.

Esta actualización reglamentaria sitúa a la institución en línea con una agenda global que deja de ver al cuidado como un peso individual para reconocerlo como un derecho social. Con este cambio, se busca un equilibrio real entre la productividad laboral y las necesidades humanas de quienes integran el sistema judicial en Tierra del Fuego.