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La Corte Suprema intervendrá en la disputa por el complejo termal de Tolhuin

El máximo tribunal de la Nación hizo lugar a un recurso de queja presentado por la firma Roanmat S.R.L. tras el fallo de la justicia fueguina que favorecía al municipio. El representante legal de la empresa advirtió sobre las consecuencias financieras para el Estado en caso de que se reconozcan los derechos de posesión reclamados.

TOLHUIN.- La pelea por el control de las Termas del Río Valdez ingresó en una etapa de alta tensión institucional. Luego de que el Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego ratificara la potestad del Municipio de Tolhuin sobre el predio, la Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió abrir el expediente para analizar el planteo de la empresa privada que explotaba el lugar.

Miguel Febre, quien ejerce el patrocinio legal de la sociedad Roanmat S.R.L., confirmó la novedad procesal y remarcó la importancia de que el tribunal nacional revise las actuaciones previas. Según el letrado, este paso judicial altera el escenario vigente y pone bajo la lupa la legalidad del desalojo administrativo que ejecutó la gestión local sobre el emprendimiento.

Desde la compañía sostienen que el desarrollo del complejo fue producto exclusivo del esfuerzo privado sin aportes estatales. El abogado recordó que la firma se encargó de la infraestructura base y la conectividad vial de la zona. En ese sentido, Febre manifestó que “toda la inversión fue de Roanmat; ni el gobierno ni el municipio invirtieron en su momento”, fundamentando así el origen de su reclamo.

La defensa de la empresa argumenta que el proyecto sufrió una parálisis prolongada debido a trabas burocráticas vinculadas con las habilitaciones oficiales. Durante ese lapso, que superó las dos décadas, la firma habría mantenido la ocupación y el cuidado del establecimiento. Esta permanencia en el tiempo es el eje central para solicitar la usucapión, una figura jurídica que permite obtener el título de propiedad mediante la posesión continua y pacífica.

El planteo de los privados apunta a una supuesta desidia estatal que se extendió por más de 20 años. Febre insistió en que sus clientes protegieron el recurso termal mientras la administración pública se mantenía al margen. Bajo esa lógica, el abogado consideró que “el Estado se desentendió durante más de 20 años y la empresa permaneció allí protegiendo las termas; por eso entendemos que la propiedad prescribió”.

Asimismo, existen fuertes críticas hacia la celeridad y la forma en que la justicia provincial resolvió el conflicto a favor del municipio. La representación legal de Roanmat considera que el pleito debió ventilarse en el fuero civil ordinario y no bajo las condiciones en las que se dio. También denunciaron que el rechazo municipal a la aprobación de planos de mensura fue una maniobra para bloquear el avance del juicio de prescripción adquisitiva.

La incertidumbre jurídica abre además un frente económico que podría comprometer seriamente las arcas públicas. Si el fallo de la Corte Suprema resulta favorable a la empresa, se activarían demandas por daños y perjuicios de gran escala. El abogado estimó que la responsabilidad patrimonial del municipio y la provincia alcanzaría cifras astronómicas, contemplando no solo lo invertido sino también el deterioro o faltante de equipamiento denunciado.

Este nuevo escenario judicial se produce en un momento particular, dado que la administración del intendente Daniel Harrington ya concretó la reapertura del complejo para el turismo masivo. La decisión del máximo tribunal del país de estudiar el caso añade una cuota de suspenso a un conflicto que, después de veinte años de idas y vueltas, todavía parece lejos de encontrar una sentencia definitiva que conforme a las partes.