RÍO GRANDE.- La Justicia Federal de Río Grande dictó una sentencia de alto impacto en una de las demandas colectivas más importantes de la historia reciente de Tierra del Fuego.
La jueza Mariel Borruto resolvió la causa impulsada hace más de diez años por miles de consumidores fueguinos que denunciaron presuntos sobreprecios en la venta de vehículos comercializados bajo el régimen de promoción económica establecido por la Ley 19.640.
La acción judicial fue llevada adelante por el Estudio Jurídico Rauch & Aciar y tuvo una masiva adhesión de vecinos de toda la provincia. En aquel momento, las convocatorias para incorporarse a la demanda generaron extensas filas de personas que buscaban sumarse al reclamo, una imagen que tuvo amplia repercusión en los medios de comunicación fueguinos y nacionales.
El planteo sostenía que las exenciones impositivas previstas para el Área Aduanera Especial no se reflejaban en el precio final que abonaban los consumidores al adquirir vehículos cero kilómetro en Tierra del Fuego.
Tras años de trámite judicial, la magistrada concluyó que existieron beneficios tributarios que no fueron trasladados de manera efectiva a los compradores, validando así el eje central de la demanda colectiva.
Un punto clave del fallo
Si bien la resolución aún no se encuentra firme y podrá ser apelada por las automotrices involucradas ante instancias superiores, uno de los aspectos más relevantes es que la sentencia reconoce la existencia de un sobreprecio vinculado a la forma en que se aplicaron los beneficios fiscales contemplados por la Ley 19.640.
Para los impulsores de la causa, este aspecto representa un antecedente de enorme importancia porque implica el reconocimiento judicial del planteo que durante años sostuvieron miles de consumidores fueguinos.
La resolución alcanza a distintas terminales automotrices y concesionarias vinculadas a marcas de alcance internacional que operaron en la provincia durante los períodos analizados en el expediente.
Resarcimientos y daño punitivo
El fallo establece que los consumidores comprendidos en la acción podrían acceder al recupero de las sumas abonadas en exceso, con los intereses correspondientes calculados desde la fecha de compra de cada vehículo.
Además, la sentencia incorpora la figura del daño punitivo, prevista en la legislación de defensa del consumidor para sancionar conductas consideradas especialmente graves.
Cambios hacia adelante
Otro de los puntos destacados de la resolución es que no se limita únicamente a analizar situaciones del pasado.
Según surge del fallo, la Justicia también ordenó que la comercialización futura de vehículos respete efectivamente los beneficios fiscales previstos para Tierra del Fuego, evitando que esos incentivos sean absorbidos por la cadena de comercialización en lugar de trasladarse al consumidor final.
En ese sentido, la sentencia ratifica que el objetivo de la Ley 19.640 es beneficiar a quienes viven en la provincia mediante un régimen diferencial destinado a compensar las dificultades derivadas de la distancia, el aislamiento geográfico y las condiciones particulares de la región.
Un proceso que aún puede continuar
Pese a la trascendencia de la resolución, el expediente todavía podría recorrer nuevas instancias judiciales.
Las empresas demandadas tienen la posibilidad de apelar la decisión ante la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia y eventualmente recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Sin embargo, más allá de la continuidad que pueda tener el proceso, la sentencia ya constituye un precedente de fuerte impacto para Tierra del Fuego al reconocer judicialmente que los beneficios fiscales creados por la Ley 19.640 deben llegar efectivamente a los consumidores y no quedar absorbidos por las estructuras comerciales de las empresas.
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