RIO GRANDE.- El Juzgado Correccional del Distrito Judicial Norte, bajo la conducción del magistrado Pedro Fernández, resolvió este miércoles 11 de febrero imponer una pena de 2 años de cárcel de cumplimiento efectivo a un vecino de la ciudad. El fallo cobra relevancia institucional al ser la primera oportunidad en la que el Tribunal hace uso de la figura de reincidencia bajo los parámetros fijados por la Ley 27.785, sancionada hace exactamente un año.
A partir de esta actualización del artículo 50 del Código Penal, el sistema judicial solo requiere que el imputado cuente con una sentencia firme anterior para determinar su condición de reincidente. De esta manera, ya no resulta obligatorio que el individuo haya pasado efectivamente por un establecimiento penitenciario con antelación para recibir este encuadre legal.
El impacto directo de esta declaración de reincidencia radica en la rigurosidad del cumplimiento de la condena. El sentenciado deberá permanecer en prisión durante todo el periodo dictado, perdiendo el derecho a solicitar cualquier tipo de beneficio relacionado con las salidas anticipadas o la libertad condicional.
Los hechos que derivaron en esta resolución ocurrieron en octubre pasado, cuando el acusado agredió y profirió amenazas contra su entonces pareja. El historial delictivo del hombre de 29 años ya contaba con una mancha previa, dado que había sido procesado y condenado anteriormente por un episodio violento contra otra mujer.
La sentencia se alcanzó a través de un mecanismo de “Omisión de Debate”, herramienta procesal que se activa tras un acuerdo entre la Fiscalía y la Defensa. Al evitarse la instancia del juicio oral, se procedió a condenar al sujeto por los delitos de “lesiones leves calificadas por el vínculo y por haber sido cometidas en un contexto de violencia de género”, que se sumaron formalmente al cargo de “amenazas”.
Durante el proceso, el Ministerio Público Fiscal estuvo bajo la responsabilidad del doctor Ariel Pinno. Por su parte, la representación legal del imputado fue ejercida por el Defensor Oficial, Alejandro Naccarato.
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