RIO GRANDE.- La aprobación en la Cámara de Diputados del nuevo marco regulatorio para menores en conflicto con la ley penal marca un cambio de paradigma profundo en el derecho argentino. Según el análisis del ex juez de Instrucción Daniel Cesari Hernández en diálogo con Radio Fueguina, este proyecto no representa una reforma superficial de los artículos actuales, sino que implica directamente “la derogación de un sistema vigente desde hace más de cuarenta años” que ya no respondería a la realidad nacional.
El especialista recordó que la estructura legal que todavía rige en el país descansa sobre la ley 22.278, sancionada hace más de cuatro décadas. No obstante, el letrado advirtió que a pesar del avance en la Cámara Baja, los cambios todavía no tienen fuerza de ley, ya que el texto debe pasar por el Senado y aguardar la posterior promulgación del Ejecutivo para entrar en funciones.
En términos conceptuales, el jurista diferenció los conceptos de punibilidad e imputabilidad para echar luz sobre el debate público. Al respecto, el abogado puntualizó que “el régimen es de imputabilidad, no de punibilidad; lo que se discute es desde qué edad el Estado puede intervenir penalmente”, definiendo así la capacidad de las autoridades para iniciar investigaciones formales sobre los menores de edad.
Respecto a la baja del piso de imputabilidad de los 16 a los 14 años, el ex juez consideró que la medida se ajusta a los tiempos actuales. Cesari Hernandez sostuvo que los jóvenes hoy poseen una mayor conciencia sobre la gravedad de sus actos, afirmando que “hoy nadie puede sostener que un chico de 13, 14 o 15 años no comprende que disparar un arma puede matar o que robar implica quitarle algo a otra persona”.
La comparativa internacional también formó parte del análisis del penalista, quien observó que Argentina mantiene estándares de edad superiores a los de gran parte de la región y de Europa. En este sentido, señaló que el proyecto aprobado se alinea con una tendencia global donde el Estado interviene a partir de los 10 o 14 años, buscando dar una respuesta institucional efectiva frente al incremento de la delincuencia juvenil.
Sobre la ejecución de las penas, la normativa contempla un tope máximo de 20 años de prisión para los delitos más graves cometidos por menores, aunque pone un énfasis especial en la reinserción social. Hernández detalló que el espíritu de la norma se centra en medidas educativas y en el resguardo de la identidad del procesado, con el objetivo de que el sistema logre reincorporar al joven a la sociedad bajo un esquema de protección y seguimiento.
Para cerrar su intervención, el ex magistrado fue categórico al rechazar cualquier intento de resolución violenta por fuera del marco estatal. Ante la preocupación social por la inseguridad, insistió en que la ciudadanía debe canalizar sus denuncias a través de las fuerzas de seguridad y el Poder Judicial, remarcando que “el Estado nos tiene que cuidar. La sociedad nunca debe resolver los problemas por sí misma”.
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