BUENOS AIRES.- Desde este sábado 5 de septiembre comenzó a regir en todo el país el nuevo Régimen Penal Juvenil, establecido por la Ley 27.801. La principal modificación es la reducción de la edad a partir de la cual un adolescente puede quedar sometido a responsabilidad penal: pasó de los 16 a los 14 años.
La norma fue sancionada por el Congreso el 27 de febrero, promulgada por el Poder Ejecutivo mediante el Decreto 138/2026 y publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo. El propio texto estableció que entraría en vigencia 180 días después de su publicación, plazo que se cumplió este sábado.
El nuevo régimen alcanza a las personas desde los 14 años hasta las cero horas del día en que cumplen 18, siempre que sean imputadas por un hecho considerado delito por el Código Penal o por leyes penales especiales.
Qué cambia desde ahora
La modificación no significa que todo adolescente de 14 o 15 años que cometa un delito vaya automáticamente a prisión. La ley establece un régimen específico que contempla distintas medidas y sanciones, con una orientación explícita hacia la educación, la resocialización y la integración social.
Entre las alternativas aparecen la amonestación, la prohibición de acercamiento o contacto con la víctima, restricciones para concurrir a determinados lugares, prestación de servicios a la comunidad, reparación del daño y otras medidas de seguimiento. También pueden establecerse programas educativos, capacitación laboral y formación ciudadana.
La privación de la libertad queda reservada para determinados casos y bajo condiciones específicas. El régimen establece además que los adolescentes deben permanecer en establecimientos especializados y separados de las personas adultas.
Hasta 15 años de prisión
Uno de los cambios centrales es que el nuevo régimen permite aplicar penas privativas de la libertad a adolescentes, pero establece límites particulares.
La prisión y la reclusión perpetuas están expresamente prohibidas y el máximo de una pena privativa de la libertad para una persona adolescente es de 15 años, incluso cuando la escala penal resultante de varios delitos pudiera ser superior.
La normativa también establece mecanismos para que, una vez cumplidas determinadas condiciones, parte de la pena pueda sustituirse por otras medidas previstas en el régimen.
Un sistema con seguimiento especializado
La ley incorpora la figura del supervisor, encargado de realizar un seguimiento individual de cada adolescente sometido al régimen.
Entre sus funciones se encuentran mantener entrevistas semanales, controlar la evolución durante el proceso, elaborar informes mensuales y trabajar sobre aspectos educativos, familiares, de salud y de capacitación.
El objetivo declarado por la norma es que la respuesta penal no se limite al castigo, sino que contribuya a reducir la posibilidad de reincidencia y favorezca la integración social.
Qué ocurre con los menores de 14 años
La nueva legislación mantiene fuera del régimen sancionatorio a los menores de 14 años. La propia ley establece que los menores considerados inimputables no pueden recibir las sanciones previstas por este régimen. Sin embargo, eso no significa que ante un hecho delictivo se cierre automáticamente toda actuación: la investigación puede continuar para determinar qué ocurrió y si existió participación de otras personas.
Incluso para determinados adolescentes de entre 14 y 18 años, la normativa contempla evaluaciones psicológicas y psiquiátricas en los casos en que se plantee su inimputabilidad dentro de las condiciones previstas por la ley.
Responsabilidad de los padres
Otro de los aspectos incorporados por la norma es la responsabilidad civil de los progenitores. La ley establece que los padres de los adolescentes sometidos a proceso penal serán civilmente responsables por los ilícitos cometidos por sus hijos, de acuerdo con las disposiciones del Código Civil y Comercial.
Las provincias deberán adecuar sus sistemas
Aunque el régimen es nacional, su aplicación requiere coordinación con las estructuras judiciales y administrativas de cada jurisdicción.
La Ley 27.801 invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adecuar sus normas procesales y administrativas a los principios establecidos por el nuevo sistema.
La implementación también contempla recursos presupuestarios específicos. La norma asignó para su puesta en marcha $23.739 millones, destinados principalmente al Ministerio de Justicia y a la Defensoría General de la Nación.
El cambio que comienza este sábado
La entrada en vigencia pone fin a más de cuatro décadas de aplicación de la Ley 22.278, sancionada en 1980, y establece un nuevo esquema de responsabilidad penal para adolescentes.
El Gobierno de Javier Milei presentó la reforma como una herramienta para terminar con la impunidad y establecer consecuencias frente a los delitos cometidos por adolescentes. Tras la sanción definitiva, la Oficina del Presidente sostuvo que la modificación constituye una actualización del sistema penal juvenil y destacó específicamente la reducción de la edad de imputabilidad a los 14 años.
Desde hoy, entonces, los adolescentes de 14 y 15 años dejan de estar automáticamente fuera del sistema penal y pasan a quedar comprendidos en un régimen específico de responsabilidad juvenil. La aplicación efectiva de la nueva normativa abrirá ahora otra etapa: la adecuación de los sistemas provinciales y la puesta en funcionamiento de las estructuras necesarias para que el nuevo régimen pueda aplicarse en todo el país.
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