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Actualizan montos de tasas para procesos judiciales sin valor económico

Tras la promulgación del Ejecutivo, comenzó a regir el nuevo esquema tarifario para los litigios que no pueden medirse en dinero. La normativa establece un pago fijo basado en la unidad IUS para dar inicio a los expedientes.

RIO GRANDE.- El Gobierno provincial formalizó la modificación de la normativa vigente sobre tasas judiciales a través de la firma del Gobernador Gustavo Melella. Bajo el decreto provincial Nº 0649/26, el pasado 15 de abril se sancionó la Ley Nº 1616/26, la cual introduce cambios específicos sobre la Ley Nº 162 que regula los aranceles del sector.

La reforma se centra particularmente en el artículo 6º del texto original, apartado que se encarga de legislar sobre los “JUICIOS NO SUCEPTIBLES DE APRECIACIÓN PECUNIARIA”. Esta categoría engloba a todas aquellas causas donde el reclamo de fondo no tiene un contenido económico directo o una valoración en efectivo.

De acuerdo a la nueva redacción, en aquellos pleitos donde el objeto de la disputa no tenga valor monetario y no cuenten con exenciones previas, los interesados deberán abonar un importe determinado. El texto precisa que en estos casos “se integrará una tasa fija del cincuenta por ciento (50%) del valor de un (1) IUS, pagadera en su totalidad al inicio de las actuaciones”.

El trámite administrativo concluyó su recorrido formal con la aparición del documento en el Boletín Oficial durante la jornada del jueves 16 de abril. De esta manera, y cumpliendo con los plazos legales, el nuevo sistema de cobro se encuentra operativo y en plena vigencia desde el viernes 17 de abril.