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Miércoles 11 de febrero de 2026

La Corte Suprema desestimó planteo de Manuel Raimbault

A través de la aplicación de un artículo técnico, el máximo tribunal del país rechazó la queja del exvicegobernador Manuel Raimbault. La decisión clausura definitivamente la instancia federal y ratifica la vigencia del proceso por responsabilidad patrimonial que se tramita en la provincia.

Manuel Raimbault, ex vicegobernador de la provincia.

USHUAIA.- La Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió no intervenir en la presentación efectuada por Manuel Raimbault, fundamentando su postura en el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial. Con esta resolución, que lleva fecha del 10 de febrero, los magistrados sellaron el camino hacia una revisión nacional y otorgaron firmeza al expediente que lleva adelante el Tribunal de Cuentas Provincial. El fallo evitó pronunciarse sobre el contenido sustancial del reclamo, validando de manera indirecta lo ya dictaminado por los tribunales de Tierra del Fuego.

En su resolución, el cuerpo colegiado consideró que el recurso extraordinario era inadmisible, lo que derivó en la pérdida del depósito bancario realizado y el posterior archivo de las actuaciones. Esta herramienta procesal es utilizada con frecuencia por la Corte cuando determina que el litigio carece de una cuestión federal con peso propio o que no alcanza el grado de gravedad institucional necesario para su tratamiento. El efecto inmediato de este movimiento jurídico es que la sentencia dictada en territorio fueguino se vuelve inamovible y carece de cualquier otra posibilidad de apelación.

El origen de este conflicto legal se encuentra en los años 2009 y 2010, etapa en la que el protagonista Manuel Raimbault se desempeñaba como vicegobernador y titular de la Legislatura provincial.

Durante aquel mandato, que se extendió desde 2007 hasta 2011, Raimbault firmó una serie de disposiciones administrativas que terminaron bajo la lupa de los órganos de control del Estado. Aquellas determinaciones de gestión son las que hoy sostienen el proceso administrativo en su contra.

Tiempo después de haber dejado su despacho oficial, el exfuncionario intentó detener el avance de la demanda patrimonial impulsada por el Tribunal de Cuentas. Tras recibir resultados adversos en la justicia local, elevó su queja ante la Corte nacional con la esperanza de interrumpir la causa. En sus argumentos, el exvicegobernador alegó que se estaban afectando principios constitucionales básicos, mencionando específicamente que “las resoluciones dictadas en su contra vulneraban garantías constitucionales, entre ellas el derecho de defensa y el debido proceso”.

Sin embargo, la estrategia legal no encontró eco en Buenos Aires. La Corte prefirió mantener el statu quo y desestimó la queja sin profundizar en los agravios presentados, lo que le devuelve todo el peso jurídico al criterio de los jueces provinciales. Cabe recordar que el Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego ya había respaldado anteriormente la validez de todo lo actuado, confirmando que el organismo de control patrimonial tiene plena potestad para seguir adelante con sus resoluciones.

Es fundamental aclarar que este litigio no se desarrolla bajo el código penal. La finalidad del juicio es establecer si los actos administrativos cuestionados provocaron un perjuicio real al erario público y determinar si corresponde una compensación económica por parte del involucrado. Tras este último pronunciamiento de la Corte Suprema, el caso queda encerrado en la jurisdicción fueguina, sin que existan nuevas ventanas para intentar un traslado a los despachos de la justicia federal.