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El rescate de dos turistas en Domo Blanco expone la falta de aplicación de la ley de seguros de montaña

El reciente operativo demandó una inversión estatal cercana a los 60 mil dólares, un gasto que los contribuyentes locales siguen absorbiendo ante la falta de vigencia real de la normativa que exige pólizas obligatorias para el senderismo.

USHUAIA.- La culminación de la búsqueda de dos hermanos de nacionalidad extranjera en la zona de Tierra Mayor trajo alivio respecto a la integridad física de los protagonistas, pero encendió las alarmas por el costo financiero del despliegue. Tras dos jornadas de rastrillaje que finalizaron con éxito en la Laguna de Domo Blanco, el equipo médico de emergencias confirmó que los jóvenes se encontraban estables, aunque el operativo dejó una factura millonaria que deberá ser costeada íntegramente por el Estado provincial.

El presupuesto de la intervención alcanzó cifras alarmantes debido a la complejidad de las tareas, que incluyeron el uso de un helicóptero de la Dirección de Aeronáutica y otra unidad de una empresa privada, con un valor de operación de 10 mil dólares diarios por aeronave. Al movimiento aéreo se le sumó el trabajo de más de 60 brigadistas y personal especializado de diversas fuerzas que, durante 48 horas, se abocaron a rastrear un terreno para el cual los turistas no tenían la experiencia ni el equipamiento necesario.

Esta situación pone de manifiesto la inactividad de la Ley de Buenas Prácticas sancionada por la Legislatura, la cual establece que cualquier persona que realice actividades de aventura en zonas de riesgo debe contar con un seguro vigente. La norma busca justamente que los gastos derivados de la impericia o los accidentes en la montaña no recaigan sobre el erario público, permitiendo que las aseguradoras reintegren los fondos utilizados en combustible, logística y adicionales salariales del personal de salud y seguridad.

En diálogo con Radio Provincia, Cristian Álvarez, director municipal de Defensa Civil  Municipal señaló que, en estas dos semanas de 2026, la cantidad de intervenciones ya es significativamente mayor a la del año pasado, con picos de hasta cuatro auxilios simultáneos en una misma tarde. El hecho de que la mayoría de los rescatados sean visitantes que desconocen las condiciones del terreno agrava el conflicto, ya que la ley prevé que, de no contar con cobertura privada, el individuo debería solventar los costos del operativo de su propio bolsillo para evitar el desfinanciamiento estatal.

Actualmente, la Comisión de Auxilio continúa operando bajo un esquema de voluntarismo y recursos públicos que se ve tensionado por la falta de implementación de los mecanismos de recupero de fondos previstos legalmente. Mientras la autoridad de aplicación no comience a exigir las pólizas obligatorias o a aplicar las sanciones por incumplimiento, el costo de la aventura en los senderos fueguinos seguirá siendo una carga exclusiva para los ciudadanos de la provincia.

La Ley que fue sancionada en 2023

El miércoles 13 de diciembre de 2023, el legislador Federico Sciurano (UCR) celebró el acompañamiento que obtuvo su proyecto para ordenar el senderismo en Tierra del Fuego. “La Ley formaliza la comisión de búsqueda y rescate considerando los antecedentes de la comisión actual. Por el volumen que han tomado el trekking y las actividades de aventura en nuestra provincia necesitábamos una norma para poner en valor la actividad, cuidar los recursos naturales y a las personas que responsables de los rescates”, había afirmado Sciurano en ese entonces.

La Ley de Buenas Prácticas para el desarrollo de actividades recreativas en ambientes naturales de Tierra del Fuego fue sancionada por unanimidad en la sesión de la Legislatura provincial y tiene como objetivo promover la seguridad y el bienestar de los participantes en actividades de aventura, recreativas individuales o en grupo, en zonas agrestes de la Provincia.

“Trabajamos mucho en este proyecto con los sectores involucrados: comisión de auxilio, sector privado, INFUETUR, aseguradoras locales, guías de montaña, etc. Por eso tenemos la seguridad que contemplamos muchos aspectos de una actividad compleja como lo es el senderismo en Tierra del Fuego”, expresó Sciurano luego de la sanción.

En la Ley se consideran actividades de aventura “las prácticas recreativas que impliquen un riesgo potencial para la salud y vida y que se realicen en zonas agrestes, tales como en senderos, montañas, ríos, lagos, bosques y similares”.

Conformación y objetivos de la Comisión de Auxilio, Búsqueda y Rescate

Según la ley, este organismo estará compuesto por un representante de cada una de las siguientes instituciones: Bomberos Voluntarios, Policía de la Provincia, Protección Civil Provincial, Club Andino Ushuaia, Asociación Argentina de Guías de Montaña (radicado en Ushuaia) e Instituto Fueguino de Turismo (INFUETUR). Asimismo, se invitará a participar con carácter permanente a Defensa Civil, Gendarmería Nacional, Parques Nacionales y Prefectura Naval Argentina.

La Comisión tendrá como misión coordinar y administrar los recursos institucionales ante situaciones de emergencia. Entre sus funciones principales se encuentran:

  • Difundir medidas preventivas y recomendaciones de seguridad.
  • Gestionar capacitaciones permanentes para sus miembros.
  • Elaborar informes y estadísticas anuales sobre las intervenciones realizadas.
  • Mantener actualizados los protocolos operativos y establecer comandos de incidentes.
  • Efectuar el relevamiento de sendas para garantizar el acceso de los equipos de rescate.

El cuerpo deberá sesionar según lo establezca su Reglamento Interno. Además, tendrá la facultad de dictaminar sobre el destino de los fondos recuperados de las compañías de seguros. Dicha información será remitida a la autoridad de aplicación para la distribución de recursos, insumos y equipamiento entre los organismos participantes.

Finalmente, se dará prioridad al uso de estos fondos para el desarrollo de una aplicación móvil destinada al registro, guía y asistencia de quienes realicen actividades recreativas en zonas agrestes de la provincia.

Obligatoriedad de póliza de seguro

Uno de los puntos destacados de la Ley es que “toda persona que participe en actividades de aventura en zonas agrestes de la provincia, individuales o en grupo, debe contar con una póliza de seguro vigente”.

En todos los casos que se organicen actividades comerciales de aventura en zonas agrestes de la provincia, o se cobre tarifa por participar en las mismas, los organizadores deberán disponer de una póliza de seguro vigente.

La póliza deberá ser contratada antes de iniciar la actividad en compañías y/o agencias de seguros que tengan oficinas comerciales con domicilio legal en la Provincia, a excepción de aquellos turistas con pólizas de seguros previamente contratadas.

En todos los casos deben cubrir como mínimo los siguientes aspectos: gastos relacionados con operaciones de búsqueda, rescate y evacuación en caso de emergencia. gastos médicos y hospitalarios derivados de lesiones sufridas durante la actividad de la persona como así también del personal destinado a su rescate; y la autoridad de aplicación podrá ampliar los requisitos exigidos.

Las compañías y/o agencias de seguros deben ofrecer un seguro anual para residentes provinciales que desarrollen actividades de aventura en ambientes naturales y agrestes de la provincia.

Autoridad de aplicación

El Poder Ejecutivo establecerá la autoridad de aplicación que deberá difundir las recomendaciones y medidas especiales de seguridad para la práctica de Actividades Recreativas en zonas agrestes de la provincia y supervisar la contratación y validez de los seguros exigidos por la ley en los casos que corresponda.

Además, deberá imponer sanciones en caso de incumplimiento de las disposiciones establecidas en la ley y puede establecer circuitos para la práctica segura de actividades de aventura en zonas agrestes de la Provincia, garantizando las condiciones de seguridad y de auxilio necesarias ante un eventual accidente, extravío y/o infortunio que pudiere suceder en estos sectores delimitados.

Finalmente, se detalla que “las personas que participen en actividades de aventura en zonas agrestes de la Provincia, individuales o en grupo, requieran la intervención de la Comisión de Auxilio, Búsqueda y Rescate, y no tengan la cobertura de una póliza de seguro vigente, tendrán que solventar los gastos que demande el operativo de búsqueda, rescate, evacuación y asistencia médica”.