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Ambientalistas denunciaron a Newsan ante la Fiscalía de Estado

La Asociación Manekenk, junto a otros actores ambientales, formalizó una presentación ante la Fiscalía de Estado de la provincia. El reclamo apunta a la omisión reglamentaria y la presunta violación de diversas normativas ambientales vigentes en el proyecto de escala masiva impulsado por la firma Newsan Food S.A.U.

USHUAIA.- Organizaciones de la sociedad civil de Tierra del Fuego, con la Asociación Manekenk a la cabeza, impulsaron una denuncia formal ante la Fiscalía de Estado de la jurisdicción por presuntas infracciones a las leyes ambientales en el desarrollo del proyecto de cultivo de mejillones que lleva adelante la empresa Newsan Food S.A.U. Dicha iniciativa, que cuenta con el aval del Ministerio de Producción, estaría vulnerando las leyes provinciales N° 244, N° 537 y N° 55, el Decreto N° 1978/95, la Ley Nacional N° 25.675 de Presupuestos Mínimos Ambientales y el Acuerdo de Escazú (Ley N° 27.566).

El génesis de esta presentación data del 3 de septiembre de 2025, momento en que Manekenk, mediante la Nota N° 12/2025, solicitó informes al Ministerio de Producción. La entidad buscaba clarificar la forma en que el Estado provincial habilita, controla y fiscaliza esta actividad acuícola que prevé una gran escala.

No obstante, al analizar la respuesta oficial, las organizaciones consideraron que la extensión de los permisos otorgados no se ajustaría al marco normativo vigente. El Ejecutivo incluso denegó el acceso al Expediente N° 36400/2020, citando restricciones que, para los denunciantes, no se corresponden con el objeto del pedido ni con los supuestos previstos por la Ley Provincial N° 141 de acceso a la información pública.

Los principales puntos de conflicto:

Ausencia de Evaluación de Impacto Ambiental (EsIA)

La proyección del proyecto estipula una producción de 1200 toneladas en un lustro. Esta cifra excede con creces el límite de 300 toneladas anuales que, según la Resolución S.P.E. y F. N° 35/2007, obliga a la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental. A pesar de que la empresa no adjuntó el EsIA al solicitar la ampliación del permiso (Res. 2650/21), solo en agosto de 2025 se habría iniciado el trámite de contratación, lo que implica un incumplimiento al principio preventivo y precautorio de la Ley General del Ambiente (N° 25.675).

Inexistencia de estudios técnicos y ambientales de base

El proyecto se está llevando a cabo sin que se haya determinado la capacidad de carga del ecosistema ni se cuente con una línea de base ambiental completa. Los relevamientos del fondo marino siguen en desarrollo y los resultados iniciales, encomendados al CADIC-CONICET, están en revisión por parte de la Secretaría de Pesca y Acuicultura. Esto significa que los riesgos ambientales potenciales no están ni cuantificados ni cuentan con medidas de mitigación autorizadas, lo que contraviene los principios de sostenibilidad y protección ambiental

Superficie adjudicada sin mediar licitación pública

La firma Newsan Food S.A.U. ha obtenido permisos que acumulan 20 hectáreas de espejo de agua (4 hectáreas iniciales más 16 hectáreas adicionales). La Ley Provincial N° 537 limita las autorizaciones a 4 hectáreas por permisionario y exige la apertura de licitación pública para superficies mayores. Manekenk pone bajo la lupa la posible fragmentación de los permisos como un método para eludir el mecanismo de concesión pública, distorsionando el espíritu de la legislación.

Deficiencias operativas y administrativas

El proyecto debió reasignar dos parcelas a causa de condiciones técnicas desfavorables, demostrando falencias en la evaluación previa. Además, la autorización se habría otorgado sin que el área de ambiente tuviera intervención, lo cual implica una transgresión a la Ley N° 1126/2016 (Ley de Aguas) y al Acuerdo de Escazú, que garantiza la participación ciudadana y el acceso a la información.

Las entidades firmantes solicitaron formalmente a la Fiscalía de Estado que: evalúe la posible omisión normativa en que incurrió el Ministerio de Producción; intime a las autoridades competentes a cumplir con las leyes provinciales y nacionales que regulan la acuicultura; y se expida respecto de la negativa a facilitar el acceso a la información pública vinculada al Expediente N° 36400/2020.

“Operar con una proyección de escala masiva sin contar con la evaluación ambiental aprobada ni con estudios de base concluidos representa una grave vulneración al principio de prevención ambiental y a los derechos de la ciudadanía fueguina a un ambiente sano y a la información pública”, aseveró la Dra. Nancy Fernández, quien preside la Asociación Manekenk. Las organizaciones ratificaron su compromiso con la defensa del ambiente y los bienes comunes de Tierra del Fuego, poniendo a disposición la documentación que respalda la presentación judicial.