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La Dra. Constanza Carro salió al cruce de la Resolución del Tribunal de Cuentas

La reciente resolución del Tribunal de cuentas de la Provincia respecto de la situación de Terra Ignis sumó un nuevo capítulo a un caso que se torna escandaloso y que podría alcanzar otros órganos similares, capitalizados con fondos públicos como lo es el Laboratorio del Fin del Mundo.

Dra. Ana Constanza Carro, síndica de Terra Ignis.

USHUAIA.- La síndica de la empresa estatal, Terra Ignis, Dra Ana Constanza Carro, brindó declaraciones respecto de la reciente resolución emitida por el Tribunal de Cuentas de la Provincia respecto de ciertas cuestiones relacionadas a la empresa de capitales estatales.  

La Abogada, indicó que según la Resolución N° 003 firmada por el presidente del Tribunal de Cuentas, Miguel Longhitano, y el Vocal de Auditoría Hugo Pani, se resuelve no proceder a la apertura de una investigación especial y hacer saber a la denunciante Dra. Ana Constanza Carro que toda cuestión vinculada a la legalidad de la remoción y sustitución de los síndicos sea canalizada ante los órganos competentes, en particular ante la Inspección General de Justicia.

Según esta resolución, los dos vocales se apartan del criterio vertido en el informe Legal del propio Tribunal que dijo que el procedimiento de la remoción de la Sindica es “irregular” y la evaluación de esa conducta “no se encuentra dentro de la competencia de la órbita del control económico-financiero que lleva adelante este organismo”, y “debe ser resuelto por la Legislatura o por la Fiscalía de Estado”.

Ante esta situación la Abogada no dudó en salir a aclarar los puntos planteados en esa Resolución Indicó que “en primera instancia, se me pone a mí, en carácter de denunciante, cosa que no soy. Yo solo me limité a poner en conocimiento, a los fines previstos por el artículo 166 de la Constitución y 1º y 2º  de la ley 50, la imposibilidad y falta de control y auditoría interna de todo el año 2024 de la sociedad Terra Ignis a los fines de resguardar mi propia responsabilidad. Las denuncias se hace ante el órgano competente que es la Justicia y no el Tribunal de Cuentas”.

Además, en la Resolución “no se inicia una investigación especial, cosa que no pedí. En la nota presentada, lo que sí se pide, o se pone en conocimiento, es que yo no puedo fiscalizar. Por ende, a quien le compete la fiscalización externa es al Tribunal.

Tercer punto, que por el momento no puede fiscalizar ni siquiera el periodo 2023, a pesar de ser de público conocimiento porque “tienen mucho caudal de trabajo”.

Sobre esta situación, señaló que “lo alarmante Jurídicamente es que el Tribunal de Cuentas se excedió de sus competencias, porque ese órgano carece de atribuciones para expedirse sobre la legalidad o ilegalidad de los actos, apartándose del Informe Legal del propio Tribunal e incluso contradictoriamente con las resoluciones plenarias de ese mismo Tribunal que fue firmada, además por uno de ellos diciendo que órgano competente es la IGJ. Además directamente y tendenciosamente a favor de los mismos e idénticos dichos del presidente de la sociedad de Terra Ignis. Tratando a la sociedad como si fuese una sociedad privada”.

Lo que quiere decir es: “bueno, no vamos a respetar lo que dice la normativa, la Ley 1423, tampoco la cuestión constitucional, mucho menos el informe legal o incluso lo que nosotros mismos dijimos antes y resolveremos conforme el criterio del Presidente de Terra Ignis”.

Síndica titular

En tanto y respecto de su remoción como síndica titular, la Abogada explicó que por el momento, “la Legislatura todavía no se expidió y el pedido de remoción aún se encuentra en análisis en la Comisión N°1, el proyecto en donde se solicita el reemplazo de mi cargo, que es lo que tienen que definir”.

Sobre este punto, cabe aclarar que es potestad de la Legislatura definir la remoción de la síndica y no se trata de una cuestión personal sino que es una cuestión institucional, porque el cargo es en representación del Poder Legislativo de la Provincia, que forma parte de la comisión fiscalizadora interna de la Sociedad.

Sobre esta instancia, Carro recalcó que fue electa como síndica en representación de la Legislatura y las designaciones y las remociones de dicho cargo son competencia de la Legislatura, esto es a los fines de garantizar la debida fiscalización de los  fondos públicos de la sociedad por parte del Poder Legislativo en marco del cumplimiento de la ley y “decir lo contrario implica reconocer que el Poder Ejecutivo puede despedir discrecionalmente al síndico representante del Poder Legislativo según le convenga”.

Esta resolución se torna escandalosa ya que tanto el presidente del Tribunal de Cuentas, Miguel Longhitano, y el Vocal de Auditoría Hugo Pani, se apartan de lo que el mismo Tribunal de cuentas resolvió en la plenaria N°115 (Dato final). Además, es alarmante porque, de ratificar esta situación se generaría un antecedente que podría aplicarse para todas las empresas descentralizadas, es decir no sólo alcanzaría a Terra Ignis sino que se extendería a otros entes como el Laboratorio del Fin del Mundo, y de acá en adelante todas las empresas que sean constituidas de la misma forma capitalizadas con fondos público.

Dato final

La Resolución Plenaria Nº 115/2023 es un nuevo régimen de control específico para empresas y sociedades del Estado, con el objetivo de garantizar transparencia, eficiencia y rendición de cuentas. Se establece que todas las empresas donde el Estado tenga participación —mayoritaria, igualitaria o minoritaria— están sujetas al control externo económico-financiero del Tribunal, aún si están regidas por el derecho privado. El fallo enfatiza que los fondos públicos no pierden su carácter por el tipo societario, y por lo tanto deben ser auditados.