USHUAIA.- En la presentación realizada por los ediles, se cuestionó el tratamiento legislativo del polémico asunto. Allí se advierte que para el tratamiento del Reglamento Interno del Concejo Deliberante se debe contar con los dos tercios del cuerpo de Concejales. Así lo prevé el artículo 143 del Reglamento Interno vigente previo. Pero aún más llamativo es que dicha modificación incumple con lo establecido en la Carta Orgánica Municipal la cual también establece que la reforma del Reglamento Interno debe ser con 2/3 de los votos, es decir: 5 Concejales deben aprobarla.
Según explicaron los ediles, “a contramano de lo normado, en sesión ordinaria, el presidente del cuerpo Juan Carlos Pino dio como aprobada la reforma del reglamento tras una votación que resultó 3 a 3 y que el mismo Pino desempató, sin cumplir con el requerimiento de 5 votos”.
A partir de la medida solicitada al Superior Tribunal de Justicia, los ediles Branca, Garramuño y el Dr. Tavarone pretenden que se prohíba al Presidente del Concejo que se haga efectiva la modificación reglamentaria de funcionamiento del Concejo bajo el fundamento de ilegitimidad de su vigencia.