PROVINCIALES

Temen fuerte rechazo social ante polémico fallo de la Corte

El presidente de Superior Tribunal de Justicia, Dr. Javier Muchnik, se refirió a la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que amplía las garantías a quienes no cuenten con condena firme. El Juez admitió que “va a dar espacio a que sucedan” reacciones violentas de parte de ciudadanos que “van a ver que la persona que cometió un delito al otro día camina frente a su casa”. 

El Dr. Javier Muchnik admitió que la norma generará malestar social.
El Dr. Javier Muchnik admitió que la norma generará malestar social.
Un fuerte impacto social, que intentará minimizar la Justicia fueguina, se avizora ante el nuevo criterio garantista que impuso la Corte Suprema de Justicia de la Nación y que deja en libertad a todos aquellos reclusos sin condenas firmes.

En declaraciones a FM Aire Libre, El juez del Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego, Dr. Javier Muchnik, explicó que “el 21 de abril pasado la Corte Suprema, a partir de un recurso extraordinario federal de un caso de la Justicia provincial, en tres o cuatro renglones decidió que se adopte una nueva resolución receptando los criterios o estándares de interpretación para un caso de Córdoba donde se sentó precedente respecto de la libertad del condenado, sin importar la gravedad del delito”.

“Hasta tanto la condena esté firme, un largo camino que puede llevar siete u ocho años, imputados y aun condenados podrán gozar del beneficio de la libertad”, dijo, en lugar de la prisión preventiva que se aplicaba casi en forma automática para delitos con penas superiores a los ocho años.

Añadió que “las prisiones preventivas se apoyaban en un artículo de nuestro código procesal penal, que la dispone cuando no es posible la libertad condicional por la naturaleza de la pena, en general si supera los tres años que permiten que quede en suspenso”.

“Nuestro código establece que la persona privada de libertad puede transitar en ese estado durante un año”, indicó y esto incluye todas las etapas hasta el juicio oral por lo que “a partir de la condena hay otro año más de revisión. Es decir que, con todo, no se pueden superar los dos años, transcurridos los cuales, o se define la situación o debe ser absuelta”.

“Ahora hay que barajar y dar de nuevo y, además de la polémica libertad casi automática a imputados y condenados sin sentencia firme, este nuevo criterio puede dilatar la celeridad que impone el código, al no tener la urgencia de resolver por la limitación del tiempo de prisión preventiva”, graficó como otro daño colateral.

Consultado acerca de cuántos detenidos pueden quedar hoy en libertad, aseguró que “son los menos. Afortunadamente la mayoría de las personas privadas de la libertad están cumpliendo su condena y esa pena ha sido revisada, se concedió o se rechazó el recurso extraordinario federal, por lo cual las condenas están firmes”.

Muchnik observó el cambio diametral de la Corte Suprema, que en el caso de torturas había avalado el encarcelamiento de los condenados, aun sin que estuviera firme la sentencia y que hoy quedarían libres.

“Hasta el 1° de julio del año pasado la Corte Suprema lo avaló, como avaló más de cien casos que llegaron desde Tierra del Fuego”, sostuvo, por lo que sorprende este cambio que le abre la puerta no tanto a los ya condenados sino a las nuevas causas que vayan surgiendo dado que hoy “no se va a desagotar la Unidad de Detención, pero se verá otra realidad en la provincia”.

Respecto de los casos de violaciones, violencia de género y abuso de menores, se abre un desafío para los jueces que deberán apelar a otras herramientas para poner en prisión a los victimarios: “Los casos amparados por convenciones internacionales de derechos humanos requieren un análisis detallado porque obligan al estado a adoptar todas las medidas para evitar que la persona siga estando en una posición de revictimización”.

“Habrá que revisar caso por caso”, dijo, aunque concedió que en el caso de un violador se trata de “una persona que tiene un perfil que no origina un riesgo procesal cierto, por la conducta ‘ejemplar’ que los caracteriza aun estando detenidos”.

El juez “no puede hacer pie en que la imputación del delito es grave y va a tener que buscar argumentos adicionales”, advirtió, y puso al caso Julio Grassi como ejemplo “paradigmático, porque fue condenado hace siete u ocho años a quince años de prisión y hace muy poco comenzó a cumplir la pena”, dado que fue recién cuando la Corte rechazó un recurso y la dejó firme, en una jurisdicción donde el garantismo se aplica hace tiempo.

Muchnik había subrayado que “con independencia de la gravedad del delito que se está imputando, la excarcelación va a ser la regla y la prisión preventiva la excepción. El fiscal va a tener que probar que la persona en libertad va a obstaculizar la investigación o que existe riesgo cierto de fuga”, para sintetizar en pocas palabras lo que viene.

Además, se adelantó a otro desafío para las fuerzas de seguridad, dado que ante la libertad del autor de un crimen aberrante o una violación, no se descarta la posibilidad de una venganza sangrienta de la familia de la víctima: “Este criterio garantista va a dar espacio a que suceda este tipo de hechos. Son los casos que se están dando en la provincia de Buenos Aires”.

También reconoció que está latente el riesgo de reincidencia, dado que “dejaron en libertad a personas con un delito importante y luego cometieron otros delitos. Estas situaciones no se daban en la provincia porque veníamos respetando el criterio del código procesal penal nuestro”.

Lo que ahora debe ser norma “es difícil de racionalizar y que el ciudadano de a pie lo pueda entender”, pero la Justicia fueguina está “obligada” a acatar el criterio que “se viene dando hace muchos años en el país y no con buenos resultados”, opinó Muchnik.

Finalmente, el Dr. Javier Muchnik remarcó que “el ciudadano de a pie va a ver que la persona que cometió un delito al otro día está caminando frente a su casa y este criterio que hoy nos sorprende se aplica hace muchos años. No lo desconocíamos, se venía resistiendo a partir de la expresa letra de nuestro código procesal, pero eso no puede existir más. El desafío ahora es recrear todas las herramientas que permitan no violar ese criterio pero a la vez no generar un impacto social negativo”.
 

¿Compartís la nota?