PROVINCIALES
SITUACION COMPLEJA
Plantean contradicción en norma que limita accionar de Líder y Montiel
17/08/2011. Ante el reclamo del concesionario de la Terminal de ómnibus por la situación de los transportes Líder y Montiel, quienes retiran pasajeros a domicilio, Jaime Alderete aseguró que la norma prohíbe el ascenso y descenso de pasajeros en vía pública pero habilita a las empresas a retirar a domicilio.
Al respecto, Alderete comentó que “a pedido del cuerpo de Concejales asistimos a la reunión que fue solicitada por una de las partes, el concesionario de la Terminal, el señor Sergio García y su asesor letrado, el doctor Francisco Ibarra, a los efectos de tratar el tema que el mismo concesionario pidió que se trate, y que son ciertos incumplimientos”.
Así, Alderete detalló: “Hay deudas existentes entre las partes y que el Municipio les ha manifestado que tienen que resolver y de hecho lo están haciendo así a través de su asesor letrado por la vía judicial y comercial que corresponde con respecto a incumplimientos que aducen por la parte de controles municipales respecto de que no se están respetando el ascenso y de pasajeros en la vía pública con respecto a las dos empresas, Líder y Montiel, que son las que transportan alrededor del 65 al 70% de los pasajeros de la ciudad en el carácter de transporte interurbano”.
En este sentido, Jaime Alderete observó que la ordenanza vigente “establece la excepción con este tipo de transporte, porque si bien la norma en uno de los incisos establece la prohibición del ascenso y descenso de los pasajeros en la vía pública, el renglón siguiente establece la posibilidad que tienen estos transportes, y así lo dice, para una mejor prestación del servicio de ir a buscar a sus pasajeros a sus domicilios; es decir, esto también es la vía pública”.
Recordó que “esto es un reclamo que ha sido presentado en su momento por una de las empresas, el cual nosotros recibimos y entendimos que la excepción existe. La norma presenta esta dicotomía por la cual no sabemos si el espíritu quiso ser que directamente se prohíba el ascenso y descenso de pasajeros en la vía pública; pero en el inciso siguiente establece la excepción por lo cual esta contradicción que presenta la normativa hace que se dificulte el control en la vía pública respecto a este punto en particular que señala con mucho énfasis, el concesionario”.
El Director General explicó que esta excepción de la que habla la normativa, “es hasta vehículos con 19 pasajeros y estas empresas cumplen con este precepto”.