PROVINCIALES

CIUDADO DEL MEDIOAMBIENTE

Legislatura aprobó norma que regula la actividad minera

En la sesión realizada el jueves por la tarde, los parlamentarios aprobaron por unanimidad una norma que busca regular la aplicación de la actividad minera, en concordancia con las normas medioambientales nacionales y provinciales vigentes.

La iniciativa contó con el acompañamiento total de los parlamentarios.
La iniciativa contó con el acompañamiento total de los parlamentarios.
La Legislatura fueguina sancionó el proyecto que versa sobre la aplicación a la actividad minera de los principios ambientales preventivos, precautorios y de equidad intergeneracional establecidos en la Ley nacional 25.675 (Ley General del Ambiente), así como el principio de desarrollo sostenible establecido en la Ley provincial 55, Medio Ambiente.

Entre el articulado, aprobado por unanimidad esta tarde, la norma propone “garantizar el uso racional y sustentable de los recursos naturales; protege los recursos hídricos provinciales y compartidos; mantener el equilibrio y dinámica de los sistemas ecológicos; asegurar la conservación de la diversidad biológica; prevenir los efectos nocivos o peligrosos que las actividades mineras puedan generar sobre el ambiente” entre otras disposiciones.

Asimismo, prohíbe “los procesos de cateo, prospección, exploración, explotación, beneficio e industrialización in situ, cualquiera sea el método extractivo utilizado” y la “la explotación de minerales metalíferos con la modalidad a cielo abierto de gran escala.”

La Ley sancionada establece que será la Secretaría de Desarrollo Sustentable y Ambiente, quien se ocupe de regular el cumplimiento de la misma.

Se reguló que quienes exploten concesiones mineras deben “contar, antes del inicio de la actividad, con un seguro o garantía de cobertura con entidad suficiente para garantizar el financiamiento de la recomposición del daño que en su tipo pueda producir. Este seguro o garantía deberá guardar proporcionalidad con el costo de mitigación y recupero del ambiente y los ecosistemas que puedan resultar degradados durante la actividad”.

Fondo de Restauración Ambiental

La Ley aprobada, crea también el Fondo de Restauración Ambiental, que busca “la instrumentación de acciones de reparación del ambiente afectado por las actividades mineras de primera categoría al momento del cierre de la mina” y “se constituirá con aportes de los concesionarios equivalentes al cinco por ciento (5%) del monto total de la inversión propuesta. En el caso de los productores artesanales y pequeños, podrán optar por un seguro de caución”.

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