USHUAIA.- En los fundamentos, el referente Parlamentario, define que los basurales son los espacios donde se depositan residuos de manera indiscriminada, sin control de operaciones y con escasas medidas de protección ambiental.
“Al no contar con suelos impermeabilizados, los basurales a cielo abierto resultan un foco de contaminación tanto por la generación de líquido lixiviado, como por la emisión de gases efecto invernadero”, se especifica en los fundamentos del proyecto.
En tanto, agrega que, “la contaminación del suelo repercute en los ciclos de vida de las plantas. A su vez los residuos mal dispuestos, pueden generar la proliferación de plagas y vectores de enfermedades diversas”, sostiene.
La iniciativa fue girada a las comisiones de Medio Ambiente; Ciencia y Tecnología Nº 4 que preside el legislador Emmanuel Trentino, y de Legislación General Nº 1, espacio a cargo de Federico Greve, ambos representantes de FORJA.
En la fundamentación, Pablo Villegas resalta el peligro que constituyen de este tipo de asentamientos tanto, para la salud humana como para los ecosistemas que afectan. En Ushuaia, en cercanías del río Olivia, en Tolhuin “a pasos de la Ruta Nacional N° 3” y en Río Grande, a orillas de la Reserva Natural Costa Atlántica en el mar Argentino.
“En virtud de lo expuesto, es necesario tomar medidas urgentes en procura del medio ambiente”, pide y cita el primer artículo de la Ley provincial N° 55 “en procura de conservar, preservar y mejorar el medio ambiente”. Agrega además, que “muchos municipios a lo largo y ancho del país han instalado plantas recicladoras que procesan el 70% de los desechos sólidos urbanos e incluso transforman la basura en materia prima reutilizable como ladrillos, compost y numerosos productos plásticos”, y ejemplifica con la planta EcoPunto de Avellaneda.
En el articulado se especifica que en un plazo de sesenta días, -una vez sancionada la Ley, promulgada y publicada en el Boletín Oficial-, este tipo de espacios deberán reacondicionarse, y será el Ministerio de la Producción y Ambiente o el organismo que en el futuro lo reemplace, quien se encuentre facultado a tomar las medidas que considere pertinentes en el marco de sus atribuciones a los fines de llevar a cabo el control y cumplimiento de la futura normativa.