USHUAIA.- En un fallo significativo, la justicia hizo lugar a favor del legislador Lechman, quien había solicitado que se declare caduca la declaración de necesidad de reforma constitucional contenida en la Ley Provincial 1529. Lechman también planteó la inconstitucionalidad de la norma y solicitó una medida cautelar para suspender la convocatoria a elecciones de convencionales constituyentes, programada para el 10 de noviembre de este año.
El Superior Tribunal de Justicia, al analizar la presentación de Lechman, consideró que los argumentos eran suficientes y razonables para justificar la suspensión del acto electoral dispuesto por el Decreto N° 1656/24 del Poder Ejecutivo provincial. La medida cautelar fue otorgada en vista del peligro en la demora y la posible afectación de los intereses del actor.
La resolución incluye la notificación a la Provincia y al Juzgado Electoral y ordena el traslado de la acción al gobernador de la Provincia y a la Legislatura para que evalúen su participación en el proceso. El fallo refleja la importancia de cumplir con los requisitos formales y constitucionales en cualquier proceso de Reforma Constitucional, subrayando el rol del Poder Judicial en la protección de los derechos y garantías establecidos en la Constitución.
Además, Lechman expresó que "Nuestra constitución goza de buena salud, no es el momento de que el Estado gaste miles de millones de pesos en una reforma que no le va a modificar la vida a nadie. Es una vergüenza estar hablando de esto cuando tenemos a la mitad de la población en situación de pobreza (47%) y un 11% en indigencia. Tenemos que estar discutiendo cómo generar trabajo genuino y no ver cómo algunos quieren atornillarse en el sillón. No se puede modificar nuestra Constitución sin un amplio debate y sin el consenso de todos los sectores de nuestra sociedad".