PROVINCIALES
Candela: “No había elementos que ameriten investigar a otros funcionarios”
25/09/2014. El Fiscal que reemplazó al fiscal mayor, Guillermo Quadrini, en el último día del juicio, se refirió al tan mentado nombre ‘Guillermo’ y al respecto, sentenció que “en la causa, más allá que se menciona el nombre ‘Guillermo’, no hay ningún elemento probatorio que permita vincular ese nombre con algún otro funcionario del Gobierno”.
El Fiscal que reemplazó a Guillermo Quadrini en el último día del juicio, expresó que “estamos conformes, satisfechos con todo lo que se hizo. En primer lugar fue una causa que llevó adelante el fiscal mayor, Guillermo Quadrini y la petición de pena que él hizo fue la misma que entendió el Tribunal que había que aplicar así que desde ese punto de vista estábamos conformes con el trabajo”.
“Creemos que la situación fue correctamente resulta y ahora vamos a esperar los fundamentos. Seguramente el defensor va a cuestionar la condena y por eso vamos a esperar los fundamentos de la condena para estudiar esa vía recursiva, pero estamos contentos y satisfechos con la condena que se aplicó”, remarcó.
Cámara oculta como prueba
Habiendo hecho el Tribunal de Juicio una valoración positiva de la cámara oculta como prueba para condenar a Adrián Arias, Candela aseguró que “lo primero que hay que decir de eso es que el defensor lo explicó muy bien en su alegato: el Estado no se puede valer de prueba ilegítimamente obtenida y esto es algo que aprendemos y enseñamos en la facultad”.
“También hay otra situación que tenemos que tener en cuenta y es que en este caso, no se trata de una prueba producida por agentes estatales. Es una prueba que se habría formalizado en el ámbito de intimidad entre dos personas y en esto, hay determinada jurisprudencia que nos tenemos que atener, una línea que sostiene que este tipo de grabaciones llevadas adelante con determinados cuidados, estableciendo que la filmación no esté adulterada, puede ser considerado como elemento válido y uno más a probar en el juicio”, explicó.
Asimismo, añadió que “no es un elemento fundacional de la acusación sino uno más a seguir y esto es lo que ocurrió en la causa. Hay un precedente del Superior Tribunal de Justicia que así lo menciona y nosotros estamos obligados por esta jurisprudencia a sostener una prueba así considerada”.
“Entonces, eso fue básicamente lo que se sostuvo y fue así considerado por el Tribunal de Juicio que también decidió avalar la investigación y condenar en este caso”, remarcó el Fiscal provincial.
Careo entre Tapia y ‘Chelo’ Suárez
Durante el primer día, Oscar Tapia y Sergio ‘Chelo’ Suárez se contradijeron sobre el origen de la filmación que terminó convirtiéndose en pieza clave para que Arias llegue a juicio. Sin embargo no hubo careo entre ambos testigos.
Sobre ese punto, Candela expresó que “el careo tiene fuerza probatoria relativa. Generalmente los careos son enfrentar a las dos partes colocando cada cual en su posición y preguntándole si se mantienen o si se desdicen, explicando a cada una la posición de la otra”.
“La práctica es que cada uno se mantiene en sus dichos y no hubiese aportado mucho a la definición de la causa. Más allá de que es una definición que toma el Fiscal que hizo el juicio, no veo yo fuerza probatoria fundamental para pedir y llevar adelante ese mecanismo”, consideró.
¿Quién es Guillermo?
El nombre se mencionó varias veces durante las testimoniales y en el video de cámara oculta. Y alimentó todo tipo de especulaciones sobre el apellido de esa persona a la que se mencionaba casi de forma constante.
Sin embargo, Candela fue terminante: “En la causa se investigan hechos y a los hechos se llega con pruebas. Para poder establecer que un hecho ocurre de una determinada forma se necesitan pruebas, sino no podemos demostrar esos hechos”.
“En la causa, más allá que se menciona el nombre Guillermo, no hay ningún elemento probatorio que permita vincular ese nombre con algún otro funcionario del Gobierno”, argumentó y a su vez, dijo que “entonces, si en el hipotético caso en que uno decidiese iniciar una investigación contra un funcionario del Estado, debe hacerlo en el marco de garantía que establece la ley porque si no, esto es ir a la pesca, es una caza de brujas”.
En ese sentido subrayó que “para poder iniciar una investigación concreta se debe tener una suerte de indicios que permita al Juez empezar a inmiscuirse básicamente en la vida de esa persona. Empezar a ver lo que son sus conversaciones telefónicas, intervenir sus líneas, hacer un entrecruzamiento de llamados”.
Finalmente, el fiscal Pablo Candela dijo que “si no existe ese indicio inicial porque nadie lo dice, ninguna de las partes, ni el señor (Oscar) Tapia, ni el abogado que lo patrocinó lo menciona y obviamente tampoco el señor Arias; si nadie dice nada que involucre a otra persona en la causa, lamentablemente no se puede seguir avanzando en esa investigación porque si no sería una causa de brujas”.