PROVINCIALES

NECESARIA DECISION

Al fin, Ríos decidió congelar su salario y no percibir más aumentos

Según informó el Diario del Fin del Mundo, la gobernadora Fabiana Ríos dispuso no percibir las mejoras salariales pendientes al 1 de noviembre e igual medida aplicaría para el Vicegobernador y sus funcionarios. Indirectamente, impactará en la Legislatura y el Tribunal de Cuentas provincial.  

La información fue dada a conocer por el Diario del Fin del Mundo.
La información fue dada a conocer por el Diario del Fin del Mundo.
Según publica hoy el Diario del Fin del Mundo, la gobernadora de Tierra del Fuego, Fabiana Ríos, dispuso no aplicar en el ámbito del Poder Ejecutivo los ajustes salariales retroactivos, pendientes de liquidación al 1 de noviembre, que correspondía percibir por aplicación de los últimos aumentos dispuestos en los municipios de Ushuaia y Río Grande.

La medida alcanza a la Mandataria fueguina, al Vicegobernador y a las autoridades superiores de su gabinete provincial. Asimismo, indirectamente repercutirá en la dieta de legisladores e integrantes del Tribunal de Cuentas.

Ríos dispuso “establecer la no percepción por parte de la suscrita, del Vicegobernador de la Provincia y de las Autoridades Superiores del Poder Ejecutivo Provincial de los ajustes retroactivos, pendientes de liquidación al 1 de noviembre del corriente año, generados por la modificación en las remuneraciones de los señores Intendentes y la aplicación de lo establecido en la Ley Provincial 855”.

De esta manera, mediante el Decreto 2645, dictado el pasado 22 de noviembre y publicado el viernes 30 de ese mismo mes, el incremento salarial del 13% dispuesto en agosto para el Municipio de Río Grande y del 10% escalonado en octubre en la Municipalidad de Ushuaia (5% en octubre y 5% en enero) no afectarán los actuales niveles remunerativos que perciben a la fecha los funcionarios electos y designados del Poder Ejecutivo provincial.

La medida alcanza las remuneraciones de la Gobernadora, Vicegobernador, Ministros, Secretarios de Estado, Secretarios, Presidentes de Entes Descentralizados, Subsecretarios, Jefe de Policía, Director Provincial del Servicio Penitenciario, Escribano General, Directores Provinciales, Contador y Sub Contador General, Tesorero y Sub Tesorero General, Auditor General y Auditor Legal; en tanto quedan por fuera de la limitación los Coordinadores y los Agentes de Gabinete Categoría ‘A’ a ‘F’.

El decreto en cuestión actuaría también como una limitante en los haberes de los parlamentarios. Ello por cuanto la Ley 855 fijó la dieta de los legisladores “en una suma equivalente al 90% de la remuneración total dispuesta para el Gobernador por todo concepto”.

Es decir, al no aumentar el haber de referencia, las dietas deberían mantenerse inalterables. Pero aún en el caso de que se pretendiera hacer otra lectura de la ley dietas aprobada de hecho en octubre de 2011, los legisladores encontrarían otro escollo para verse beneficiados con los aumentos de los sueldos de los intendentes, ya que el artículo 95 de la Constitución Provincial determina que la dieta que, por todo concepto ellos perciben, no puede exceder la acordada para el Vicegobernador, que es equivalente al 95% de la de la Gobernadora.

En igual situación se encontrarían los miembros del Tribunal de Cuentas, los que a partir de la sanción de la Ley 861 (modificatoria del Presupuesto 2011) tiene su haber referenciado al 90% de la remuneración de la mandataria provincial.
 

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