ARGENTINA.- Mediante la disposición 28/2022 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera estableció que los propietarios o locatarios de buques pesqueros de bandera argentina deberán contar a bordo con herramientas que permitan la recuperación de aparejos de pesca, cajones plásticos y materiales de embalaje que floten caídos al mar.
También se dispuso que durante las operaciones de aprovisionamiento y descarga del buque en muelle así como durante el viaje de pesca, "se deberán realizar los esfuerzos necesarios para la recuperación de los aparejos de pesca perdidos y abandonados, cajones plásticos y materiales de embalaje que floten en la superficie del mar, en la medida que no signifique poner en riesgo la seguridad de la tripulación o del buque".
Las herramientas son el bichero (toda herramienta conformada por una caña o palo de madera u otro material similar, de un largo mínimo de tres metros, con un gancho fijo en un extremo) y el grampín (toda herramienta constituida por un cabo no inferior a quince metros de largo, con un gancho aferrado a uno de sus extremos).
En cuanto al control, previo a la zarpada a zona de pesca el inspector o la inspectora nacional de pesca constatará la presencia a bordo de al menos un grampín y un bichero por buque, lo que deberá ser asentado en el campo de observaciones del “Acta de Comprobación de Artes de Pesca” y/o del “Acta de Comprobación” del Manual de Procedimientos para el Control y la Vigilancia Pesquera Nacional,.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones determinadas en la presente disposición dará lugar a las sanciones que correspondan de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 24.922 y sus normas complementarias.